Commons:Cuándo usar la etiqueta PD-scan

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Shortcut: COM:SCAN

Una imagen marcada con {{PD-scan}}. El escaneo se realizó en el Reino Unido, con correcciones de brillo, color y contraste hechas en la India. El enfoque sobre derechos de autor en la India es similar al del Reino Unido.

Esta página se refiere sólo a escaneos/fotocopias. Para fotografías realizadas desde cierta distancia véase Commons:Cuándo usar la etiqueta PD-Art.

Introducción

Un escaneo/fotocopia simple (sin retocar) de una obra de arte antigua debe ser etiquetado con el tipo apropiado de la etiqueta {{PD-old}}, siempre y cuando el original sea suficientemente antiguo para estar en el dominio público debido a su edad. El escaneo o fotocopia, como un acto puramente mecánico y no creativo, no puede generar ningún nuevo derecho de autor para la persona que hizo el escaneo. Esta imagen carece de originalidad: es una simple copia, sin más. Esta norma se aplica a nivel internacional y, en Commons, normalmente se da por hecho.

Lo mismo ocurre cuando se usa software para aplicar mejoras automáticas tales como cambios en el brillo, contraste, reducción de ruido, eliminación automática de arañazos, etc. De nuevo, como actos puramente mecánicos y no creativos, estas mejoras no pueden crear ningún nuevo derecho de autor. Esto también se aplica a nivel internacional.

La situación es más compleja cuando el original escaneado se ha mejorado de manera selectiva, por ejemplo, mediante un trabajo cuidadoso con Photoshop, u otro programa similar, para poner de manifiesto ciertos detalles. Este tipo de mejora, aunque por supuesto sea asistida por ordenador, puede requerir un importante nivel de aporte creativo personal, y como resultado puede generar un nuevo derecho de autor para la persona que realiza el trabajo.

Es obvio que cuando el trabajo realizado es lo suficientemente amplio como para que el resultado tenga que ser tratado como una nueva obra artística (por ejemplo, cuando un original en blanco y negro se "colorea"), la imagen no se puede subir a Commons sin una licencia adecuada del nuevo propietario de los derechos de autor.

Pero, ¿qué hacer con una imagen escaneada de un viejo original en el Dominio Público encontrada en Internet?. Normalmente, estas imágenes son simples escaneos mecánicos, pero tal vez -sin que sea posible comprobarlo- se han mejorado, y tal vez incluso se han mejorado de forma selectiva y con un aporte creativo significativo.

Una pauta razonable en este caso es preguntarse si la imagen parece ser un escaneo puramente mecánico o - a partir de las evidencias disponibles - si es tan similar a un escaneado que no es de esperar que aparezcan nuevos derechos de autor. Si es así, puede subir la imagen poniendo la etiqueta {{PD-scan}}. La aceptación de la imagen puede que tenga que ser revisada si posteriormente aparecen pruebas adicionales, por ejemplo a raíz de una denuncia de la persona que trabajó en la imagen y que pueda demostrar que tiene un nivel importante de creatividad personal por sus mejoras digitales. Sin embargo, si no se pueden encontrar pruebas de que exista un nivel significativo de aportación creativa personal, no hay razón para suponer que la imagen está protegida por copyright.

A veces un sitio web reclamará los derechos de autor de todas las imágenes del sitio, incluyendo imágenes que no parecen ser más que escaneos mecánicos sin derechos de copyright. Usted debe analizar de forma crítica estas afirmaciones en base a todas las pruebas disponibles y no simplemente aceptarlas directamente.

¿Qué significa la etiqueta {{PD-scan}}?

El uso de la etiqueta {{PD-scan}} implica:

  • Que la imagen de Commons es una copia de un escaneo hecho (y posiblemente mejorado) por una persona distinta del que hace la carga, y
  • Que la imagen no puede tener derechos de autor independientes ya que simplemente es una reproducción mecánica de una imagen antigua, de dominio público, o - a partir de las pruebas disponibles - que es tan similar a dicha reproducción que no se espera que aparezcan nuevos derechos de autor.

¿Cuándo no se debe usar la etiqueta {{PD-scan}}?

La etiqueta {{PD-scan}} no debe ser usada:

  • Cuando el original no está en el dominio público.
  • Cuando usted personalmente hizo el escaneo y mejora de la imagen.
En ese caso, basta con utilizar adecuadamente la etiqueta {{PD-old}} para indicar que el original se encuentra en el dominio público. Si usted ha hecho mejoras que requieren un nivel significativo de creatividad personal, licencie esas mejoras mediante una etiqueta de su elección como por ejemplo {{self|cc-by-sa-4.0}}

¿Qué nivel de originalidad se necesita para que se creen nuevos derechos de autor?

En el marco del Convenio de Berna para la Protección de Obras Literarias y Artísticas, y similares tratados internacionales, los derechos de autor en una obra de arte sólo puede concederse si la obra es original. El mérito artístico no tiene ninguna consecuencia. Pero la definición de qué es "bastante original" para que se concedan derechos de autor se deja a la interpretación de cada país, y algunos países requieren un mayor nivel de originalidad (o aportación creativa) que otros. Inevitablemente hay muchas lagunas.

USA

In Bridgeman Art Library v. Corel Corp. (1999), the New York District Court held that "a photograph which is no more than a copy of a work of another as exact as science and technology permits lacks originality. That is not to say that such a feat is trivial, simply not original". In spite of the effort and labor involved in creating professional-quality slides from the original works of art, the Court held that copyright did not subsist as they were simply slavish copies of the works of art represented.

Although that case related to photographs rather than scans, it would be reasonable to say that by analogy the US courts would not grant copyright to a scan which has been enhanced — even manually — with a view to creating an image which is as similar as possible to the original.

Where the enhancement has gone beyond that, for example in bringing out selected details or colors not easily visible in the original, Bridgeman Art Library v. Corel Corp. may be less persuasive, and such cases should be considered on their own facts.

Europe

In Europe, the copyright status of a digitized image depends on the level of creative choices made during the digitization process. Out of Copyright has done a legal analysis to determine the copyright status of digitized works in the 28 EU member states, Switzerland, Norway, and Iceland and produced maps based on three possible scenarios: fully-automated digitization, semi-automated-digitization, and human-operated digitization.

UK

Contrary to what is sometimes assumed, it is not the case in the UK that artistic copyright can be generated merely by dint of wholly unoriginal and mechanical hard work — even a lot of it. Commentators sometimes make misleading reference to a so-called sweat of the brow doctrine and imply that the UK courts uphold copyright protection on the basis of hard work, even without originality. That does not accurately reflect the UK position. UK copyright relies not on sweat of the brow but on a skill and labour test.

Originality is absolutely central to artistic copyright, and indeed under S1(1)(a) of the Copyright, Designs and Patents Act 1988 [1], "Copyright is a property right which subsists in accordance with this Part in the following descriptions of work— (a) original literary, dramatic, musical or artistic works…". If there is no originality there can be no copyright.

In the High Court judgement Reject Shop v Manners [1995] F.S.R. 870. Leggatt LJ held in that case that a mere copy of an existing photograph cannot attract copyright if the copyist has devoted "no such labour and skill as conferred an originality of an artistic character"; and that there can be no new copyright if the process is "wholly mechanical" ([1995] FSR 870 at 876). This was a case relating to the use of an enlarged photocopy, but a scan would be treated in the same way.

The Court quoted with approval an earlier Privy Council case (Interlego -v- Tyco, [1989] AC 217) where Lord Oliver had said "but copying, per se, however much skill and labour may be devoted to the process cannot make an original work". (A Privy Council case is essentially a House of Lords level appeal from a court in a Commonwealth country that still accepts UK law as binding. The Privy Council is the court of final appeal in such a case, and its decisions are of the highest persuasive authority.)

So, it is clear from Reject Shop v Manners that, without "such labour and skill as will confer an originality of an artistic character", there can be no copyright. Bear in mind, though, that the level of originality required by the UK courts is quite low compared with the level needed in most other European jurisdictions.

For further information, see the discussion at Commons:Deletion requests/Images from Darwin Online.

A useful discussion (not part of this policy) of some of the US legal background can be found at Wikilegal/Sweat of the Brow

See also